sábado, 18 de mayo de 2013

Sobre la propiedad intelectual y GW.

Hoy me gustaría hablaros un poco de la polémica suscitada por Games Workshop con su nueva política de Propiedad intelectual.

Así que como me dedico profesionalmente a la abogacía voy a explicar un poco en qué nos afecta esta política de Propiedad Intelectual.

En un principio, en la web se confunden términos. En primer lugar, tendríamos lo que es la Propiedad Intelectual, esto es, las ideas.


La propiedad intelectual es simplemente  y para que todos comprendamos a qué se refieren, a la creación del intelecto humano, que es un concepto bastante abstracto.


En segundo lugar, tenemos lo que sería la patente y marca Games Workshop, conocido como Propiedad Industrial.


¿En qué nos afecta a los amantes de hobby? La verdad es que la repercusión es nula. Games Workshop y cualquier empresa que se precie defiende su negocio, y por ello ha desarrollado una línea restrictiva de qué se puede hacer y qué no.

Lo que no se puede hacer es ganar dinero utilizando material registrado de Games Workshop, ya sea mediante la copia, utilización de logotipos, diseños o ideas de Games Workshop de forma directa o indirecta. Esto incluiría ganar dinero mediante BANNERS o PUBLICIDAD en nuestros blogs.

Esto lo que quiere decir es que tus conversiones, dibujos, diseños y demás derivados o que sean variantes razonables de la Workshop no es que sea propiedad intelectual de la Workshop,  sino que al estar basados en la Propiedad Intelectual de Games Workshop debes obtener su permiso para hacerlo, puesto que estás utilizando sus ideas básicas, ampliándolas o variándolas sujetas a derechos de autor y que no se puede hacer si ellos no te dejan.

Hablando de la conversión, pintura, diseños , etc con ánimo de lucro,  estamos en lo mismo,  no sólo se vulnera la propiedad intelectual y los derechos de autor, sino la propiedad industrial.  La vulneración de la propiedad intelectual se llama plagio, y eso es otra cosa distinta sobre la que habla Games Worskhop en su Web, que se refiere de forma más concreta a la alteración de sus patentes y marcas comerciales.


Games Workshop no impide que los fans y seguidores de este hobby realicen estas actividades, lo que quiere impedir es que alguien se lucre con sus ideas y sus diseños. Como comprenderéis es bastante razonable este planteamiento. Games Workshop no es desde luego una ONG, y no tiene porqué ceder sus derechos a título gratuíto a nadie para que saque dinero. Eso si, a cualquier comprador final no puede en ningún caso exigir el cese de actividades que impide.


¿Esto implica que Games Workshop puede "copiar" mi diseño original que he modelado yo? No, por supuesto, no implica que puedan copiar tus modelos, pero impide que puedas desarrollar piezas o variantes similares y venderlas a terceros. Tus conversiones, su pintura, sus mejoras y demás están protegidos por tus derechos de autor.

Games Worshop han copiado por ahí durante años diseños de otros que les han costado arduas batallas legales, y las vulneraciones del copyright y copias de la tierra media y licencias del Señor de los Anillos son exageradas en Warhammer, así como el fusilamiento de obras de heinlein, Philip K. Dick, la franquicia Alien, y un largo etcétera de obras de Sci-Fi en Warhammer 40k. Ahora bien, a los que afecta esta política era a ese grupo de personas que se lucran y hacen negocio con material e GW, ya sea utilizando piezas para hacer escenografía y venderla, miniaturas , etc.

A mi esto me parece bien, es decir, como seguidor de este hobby me encanta hacer mis cosillas, pintar y demás, pero entiendo perfectamente que no es correcto vender copias falsificadas o sacar rendimiento económico de ideas de otros, que no es más que piratería, siendo un delito castigado por nuestro código penal, del artículo 270 al  272,  En fin, a disfrutar del hobby, y no hay que darle más vueltas a estos temas.

Otro apunte sobre moldes: según la legislación española es totalmente lícito hacer moldes para uso personal,  pero en ningún caso , como ya he dicho antes, estas "copias" pueden venderse bajo ningún concepto, ya que estaríamos ante un delito de piratería.

Con los que tenemos que ir con cuidado es con Google, ya que estos en nada te cierran el blog ante la petición de cualquier empresa sin evaluar el contenido del blog, web, o contenido de acuerdo con las leyes  aplicables. Es lo que hay.

También hay que tener cuidado con la publicidad de las webs. Según la legislación y abundante jurisprudencia, el ánimo de lucro puede ser directo e indirecto, es decir, que si no vendes nada en tu web pero tienes publicidad de terceros, te pueden endosar un delito de piratería a la mínima. 

Nota: He corregido algunos párrafos que eran bastante confusos.



5 comentarios:

  1. Ok pero tengo un par de dudas. O tres.
    1.-¿Es licito usar su nombre en los foros o blogs (Warhammer Club Castellón por ejemplo)?
    2.-La propiedad intelectual de las transformaciones o relatos basados en las miniaturas o transfondo de GW ¿De quién es? Porque GW dice que es suya, mientras que la LPI española dice que es del autor de la transformación, aunque debe obtener el permiso de GW para su publicación, etc...
    3.-Si bien la PI del diseño de las minis es de GW, la del pintado de las mismas es del pintor ¿no?. ¿Se consideran las minis pintadas un obra derivada? Yo entiendo que no y la publicación de las fotografías no necesita del permiso de GW. Lo asimilo al tío que pinta cuadros y no tiene que pedir permiso al que fabrica el lienzo ni al fabricante de las pinturas que tiene su composición registrada.
    Ya se me ocurrirán más cosas.

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  2. Bueno Clyde, voy a ver si te lo puedo aclarar.

    En primer lugar como ya he comentado estos de GW han hecho un empastre de expliaciones que hay en su web. El caso de usar nombres registrados "como marca" podría definirse de la siguiente forma:

    1.- Es lícito usar su nombre de su producto, o de cualquier marca, siempre que se utilice sin fines de lucro y no induzca a confusión. Nadie es dueño de las palabras, pero sí de los conceptos comerciales unidas a ella.

    Por ejemplo los TAU, los tau como raza extraterreste son una marcar registrada de Games Workhop.

    la palatra TAU es una letra griega, que obviamente nada tiene que ver.

    De hecho un detalle que me alucina es que GW no se corta, y hablando de plagios, la nacion Tau con el logo de los Tau ha sido una copia vil del diseño que aparece en "la doctrina secreta " de Madame Blavatsky, una obra decimonónica sobre ocultismo . Por lo tanto, hilando fino, el concepto "imperio tau" y el diseño básico del icono de los TAU no está sujeta a derechos de autor.

    Otra cosa es el uso de nombres y denominaciones con ánimo de lucro, que es una infracción del derecho sobre las marcas de las empresas. Obviamente si se utiliza sin ánimo de perjudicar al vendedor no acarrea ningún problema.

    Por ejemplo, Warhammer Club Castellón que es una asociación de jugadores de Warhammer sería ok

    "la tienda de warhammer " no, puesto que crea confusión, y vulneraría el derecho que tiene GW sobre las marcas, igual que la modificación, alteración y demás de logotipos y conceptos con la intención de perjudicar a la empresa o el producto.

    2.- La propiedad intelectual de las transformaciones y relatos basados en las miniaturas y trasfondos es del autor diga lo que diga Games Workshop. Al menos, en este país y prácticamente todos los países del mundo, con excepción de los ingleses y americanos que tienen una legislación un pelín distinta a la nuestra.

    Un ejemplo son , por ejemplo, los derechos de autor sobre las TRADUCCIONES de obras clásicas, que, a pesar de ser obras de dominio público, las traducciones están sujetos a los derechos de autor del traductor.

    3.- Games Workshop vende un producto que son miniaturas. Cualquier alteración, modificación o conversión es propiedad del creador, no de una empresa. Es como si el vendedor de arcillas reclamara derechos de autor al que hace jarrones. Absurdo.

    Claro que puedes hacer fotos de tus miniaturas y colgarlas en la red. Son un producto. Sería absurdo que para vender mi coche en ebay por ejemplo tuviese que pedir permiso a ford.

    El problema es que han querido simplificar las cosas y han hecho un empastre que sólo se entiende por la intención de explicar la normativa inglesa a nosotros.

    Obviamente lo que no se puede es usar piezas de sus productos para venta con objeto de comercio, o publicar novelas o escritos basados en los productos GW sin pedir permiso, porque esto no es que afecte a los derechos de autor, sino al derecho sobre patentes y marcas de Games Workshop, que eso si es distinto.

    Cualquier duda la responderé con gusto.

    A ver si algún otro compañero nos da su opinión al respecto.

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    1. Pero al ser GW una compañía inglesa, ¿que ley se aplicaría a sus derechos de PI, copyrights y marcas registradas?
      Yo entiendo que la inglesa y no la española.

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  3. No, en el territorio español sólo son aplicables la legislación española y toda aquella que por convenio internacional sea aplicable. En tu caso y en el mío se nos aplica la legislación española.

    http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-1996.html

    Ahora bien, otro tema es el blog: depende de dónde esté el hosting tendrás más o menos problemas con las legislaciones nacionales que tengan que acatar las distintas empresas de hosting. Por eso google cierra blogs por temas de copyright.

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  4. Hola, Fenris. Intento buscar un email tuyo pero no lo consigo, para contactar mejor por privado. Verás, tengo una duda que me gustaría comentarte y que me pudieras aconsejar. Es con relación a un juego de tablero ambientado en el universo warhammer, que pretendo ofrecer gratuitamente sin beneficio económico directo o indirecto. El juego pretende alojarse aquí y está muy testeado tras varios años de trabajo: http://dungeonsyjuegos.wordpress.com/
    ¿Podrías contactarme o darme una dirección de email? Mi email es oscarbribian(arroba)gmail.com

    un saludo,

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